¿Dónde tengo que iniciar el divorcio si nos separamos y vivimos en provincias distintas?
La jurisdicción no se elige libremente: el artículo 717 del Código Civil y Comercial vincula el divorcio con el último domicilio conyugal, el domicilio del demandado y, si la petición es conjunta, el domicilio de cualquiera de los cónyuges.
