Planificación hereditaria: ordenar hoy para prevenir conflictos mañana

La planificación hereditaria es el conjunto de decisiones y actos jurídicos que permiten disponer del patrimonio de manera ordenada, anticipando su transmisión a herederos y beneficiarios. Su objetivo es proteger los derechos de todos los involucrados, optimizar el traspaso de bienes y minimizar riesgos de conflictos o costos innecesarios.


¿En qué casos es recomendable planificar?

  • Cuando existen varios herederos y bienes de distinto tipo (inmuebles, sociedades, cuentas, activos digitales).
  • En empresas familiares o patrimonios con actividad comercial.
  • Ante la presencia de herederos con necesidades especiales.
  • Cuando se busca preservar la unidad de un bien (por ejemplo, un campo o un inmueble emblemático).
  • Para evitar discusiones sobre legítimas y porciones disponibles.

Herramientas jurídicas más utilizadas

  • Testamento (por escritura pública u ológrafo).
  • Donaciones con o sin reserva de usufructo.
  • Pactos de indivisión para mantener bienes sin división inmediata.
  • Fideicomisos para administrar bienes a favor de beneficiarios.
  • Mandatos y poderes para gestionar bienes en vida.
  • Acuerdos familiares para establecer pautas comunes.

Marco legal aplicable en Argentina

La planificación hereditaria se encuentra regulada principalmente por el Código Civil y Comercial de la Nación.
Algunos principios clave:

  • Respeto a la porción legítima de los herederos forzosos (descendientes, ascendientes y cónyuge).
  • Posibilidad de disponer libremente de la porción disponible mediante testamentos o donaciones.
  • Necesidad de cumplir con formas legales específicas para que los actos sean válidos y ejecutables.
  • Aplicación de normas fiscales nacionales y provinciales en transferencias y transmisiones.

Beneficios de planificar

  • Orden jurídico: evita interpretaciones y vacíos legales.
  • Prevención de conflictos: reduce el riesgo de litigios entre herederos.
  • Ahorro de tiempo y costos en procesos sucesorios.
  • Continuidad patrimonial: permite que proyectos o empresas familiares sigan funcionando sin interrupciones.
  • Protección de herederos vulnerables: establece mecanismos de administración y cuidado.

Metodología de trabajo

  1. Relevamiento patrimonial: identificación de bienes, deudas y estructura familiar.
  2. Definición de objetivos: preservación de ciertos bienes, reparto equitativo, continuidad empresarial, etc.
  3. Diseño de la estrategia: selección de instrumentos jurídicos adecuados.
  4. Formalización: redacción y firma de documentos con intervención notarial y registral cuando corresponda.
  5. Actualización periódica: revisión de la planificación ante cambios familiares, patrimoniales o legales.

Consideraciones fiscales

La planificación hereditaria debe contemplar el impacto de impuestos como:

  • Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes (provincial, en jurisdicciones donde aplica).
  • Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI) o Impuesto a las Ganancias según el caso.
  • Sellos y tasas registrales.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio hacer planificación hereditaria?
No, pero es recomendable para quienes buscan prevenir problemas futuros y asegurar que sus bienes se transmitan según su voluntad.

¿Se puede modificar una planificación hereditaria?
Sí. Mientras se esté en vida y con capacidad jurídica, se pueden ajustar las disposiciones.

¿Qué pasa si no planifico?
La distribución de los bienes se regirá por las reglas generales de la sucesión legítima previstas en el Código Civil y Comercial.


Documentación habitualmente requerida

  • DNI del titular.
  • Partidas de nacimiento y matrimonio.
  • Títulos de propiedad, certificados registrales y documentación societaria.
  • Inventario de bienes muebles, inmuebles y activos financieros.

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