Planificá hoy, disfrutá en vida la tranquilidad de tu legado

Asesoramiento integral en donaciones para transferir bienes en vida de forma segura y estratégica. Diseñamos instrumentos jurídicos que reducen conflictos futuros, optimizan costos y respetan las legítimas hereditaria.


¿Qué resolvemos?

  • Donaciones plenas o con reserva de usufructo (manteniendo el uso y goce del bien).
  • Donaciones con cargo o condición (por ejemplo, cuidado de una persona, conservación de un inmueble).
  • Donaciones a herederos forzosos: evitando futuros conflictos sucesorios.
  • Donaciones a terceros con asesoramiento sobre porción legítima y disponible.
  • Revocación o modificación de donaciones cuando la ley lo permite.
  • Inscripción registral y formalización notarial.

Por qué elegirnos

  • Visión estratégica: vinculamos la donación con tu planificación sucesoria general.
  • Seguridad jurídica: garantizamos que el instrumento cumpla con requisitos formales para su plena validez.
  • Prevención de litigios: evitamos nulidades y acciones de reducción por legítima afectada.
  • Optimización fiscal: evaluamos el impacto impositivo (Sellos, ITI, Ganancias).
  • Cobertura nacional: atención en todo el país, presencial o virtual.

Tipos de donación más utilizados

Donación plena

Se transfiere el bien de manera definitiva al donatario, quien adquiere el dominio pleno.

Donación con reserva de usufructo

El donante transfiere la propiedad pero mantiene el uso y disfrute del bien hasta su fallecimiento.

Donación con cargo

El donatario recibe el bien pero debe cumplir una obligación impuesta (p. ej., pagar estudios de un familiar, mantener un inmueble).

Donación remuneratoria

Se realiza como recompensa por servicios prestados que no generaban obligación legal de pago.


Aspectos legales clave en Argentina

  • Porción legítima: la donación no puede afectar la legítima de herederos forzosos (descendientes, ascendientes, cónyuge).
  • Colación: las donaciones hechas a herederos forzosos pueden ser computadas como anticipo de herencia.
  • Reducción: si la donación excede la porción disponible, los herederos legitimarios pueden pedir la reducción judicial.
  • Forma: debe instrumentarse por escritura pública ante escribano/a.
  • Publicidad registral: para inmuebles, vehículos, marcas u otros bienes registrables, debe inscribirse en el registro correspondiente.

Cómo trabajamos (4 pasos)

  1. Diagnóstico patrimonial: reunión confidencial para relevar bienes, herederos y objetivos.
  2. Estrategia: definimos el tipo de donación más conveniente y su encuadre fiscal.
  3. Redacción y firma: elaboramos los instrumentos con cláusulas personalizadas.
  4. Inscripción y seguimiento: gestionamos el trámite registral y entregamos copia certificada.

Documentación útil para iniciar

  • DNI del donante y donatario.
  • Partidas de nacimiento y/o matrimonio (para acreditar vínculo).
  • Títulos de propiedad / cédulas / contratos.
  • Certificados registrales y libre deuda.

(Si no tenés todo, te ayudamos a reunirlo.)


Cláusulas recomendadas

  • Reserva de usufructo vitalicio para proteger el uso del bien.
  • Prohibición de enajenar durante un plazo determinado.
  • Cargos y condiciones claros para evitar interpretaciones.
  • Reversión si el donatario incumple el cargo o muere antes que el donante.
  • Protección frente a embargos (cuando es legalmente posible).

Preguntas frecuentes

¿La donación paga impuestos?
Puede estar sujeta a impuestos como Sellos o ITI, dependiendo del tipo de bien y jurisdicción. Lo evaluamos caso por caso.

¿Puedo donar a un heredero y que no se cuente como anticipo de herencia?
No, salvo que la ley disponga lo contrario. Normalmente las donaciones a herederos forzosos se colacionan.

¿Puedo donar todo mi patrimonio?
No si eso vulnera la porción legítima de los herederos forzosos. Solo podés disponer libremente de la porción disponible.

¿Qué pasa si quiero revocar la donación?
Es posible solo en casos previstos por la ley, como ingratitud grave del donatario o incumplimiento del cargo.


Honorarios y modalidades

  • Plan estándar: donación de un único bien registrable.
  • Plan a medida: donaciones múltiples, patrimonios complejos o con cláusulas especiales.
  • Presupuesto cerrado antes de iniciar. Facilidades de pago.

¿Consultas sobre Donaciones?

Contá con un equipo profesional que te asesore y te defienda con seriedad y compromiso.
Solicitá una consulta inicial para conocer tus derechos y las mejores alternativas según tu caso.