¿Qué es la división de la sociedad conyugal?

La división de la sociedad conyugal es el proceso legal mediante el cual se reparten los bienes adquiridos durante el matrimonio una vez producido el divorcio o fallecimiento de uno de los cónyuges.

Este procedimiento está regulado por el Código Civil y Comercial de la Nación, y tiene como objetivo garantizar una distribución equitativa del patrimonio común, conforme al régimen patrimonial elegido por los cónyuges al momento de casarse.


¿Cuándo corresponde?

La división de la sociedad conyugal se realiza cuando:

  • El matrimonio finaliza por divorcio o fallecimiento.
  • Los cónyuges estaban casados bajo el régimen de comunidad de bienes (el más común en Argentina si no se optó expresamente por la separación de bienes).
  • Existen bienes gananciales que deben dividirse.

¿Qué bienes se dividen?

Se consideran bienes gananciales —y por tanto sujetos a división— todos aquellos adquiridos:

  • Durante el matrimonio, sin importar a nombre de quién estén.
  • Como fruto, renta o mejora de otros bienes comunes.
  • Con el esfuerzo de cualquiera de los cónyuges, incluso si uno no tenía ingresos formales pero aportaba al hogar o al cuidado de hijos/as.

No se dividen:

  • Bienes propios adquiridos antes del matrimonio.
  • Bienes recibidos por herencia o donación durante el matrimonio.
  • Bienes adquiridos con dinero propio y acreditado.

¿Cómo se realiza la división?

La división puede hacerse de forma:

  • Amistosa o de común acuerdo, mediante convenio homologado judicialmente.
  • Judicial, cuando no hay acuerdo y es necesario iniciar una demanda de partición.

En ambos casos, se procede a un inventario y avalúo de los bienes gananciales, seguido de su partición, que puede ser física (por ejemplo, adjudicación de un inmueble a cada parte) o compensada económicamente.


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  • Redacción y control de convenios de partición.
  • Representación en juicio de liquidación y partición de bienes.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si mi ex se niega a dividir los bienes?
Se puede iniciar una acción judicial de liquidación y partición, con respaldo documental y pericial si es necesario.

¿Es necesario que haya divorcio para dividir los bienes?
Sí. La división se realiza luego de que el divorcio está decretado. Si hay fallecimiento, la división se hace dentro del juicio sucesorio.

¿Puedo quedarme con la casa si está a nombre de mi ex?
Depende del origen del bien y su naturaleza (ganancial o propio). Se analiza caso por caso.


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