Confirman condena por daños causados a propiedad vecina en Lomas de Zamora
En un fallo reciente, la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y de Familia de Lomas de Zamora confirmó una sentencia que condena a los responsables de un edificio de diez niveles por daños ocasionados a la propiedad vecina durante el proceso de demolición y construcción. El caso se refiere al expediente caratulado “Beltrandi Jorge Sebastián c/ Fideicomiso Vergara 1625-Banfield y otros”, en el que se determinó que los trabajos realizados afectaron una pared medianera y provocaron ingreso de humedad en el inmueble linder.
Daños derivados de la demolición
Según el dictamen del perito interviniente, las fisuras y alteraciones en la capa aisladora hidrofóbica de la pared medianera se originaron por la metodología empleada en la demolición de la estructura previa. Este daño permitió la filtración de agua, agravada durante lluvias, causando deterioros significativos en la propiedad del demandante.
Impacto de la nueva construcción
La construcción de un edificio de diez niveles también influyó negativamente en la situación. La masa de agua de lluvia que golpea la pared lateral del edificio se canaliza hacia el desagüe de la propiedad vecina, superando la capacidad de la canaleta y provocando desbordes hacia el interior.
Sentencia inicial y apelaciones
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N.° 6 había condenado a los demandados –Ariel Leonardo Yudchak, Jorge Gabriel Fojgiel y Cavagna Demoliciones S.A.– al pago de una indemnización, incluyendo daños materiales, morales y psicológicos. La aseguradora citada en garantía, Federación Patronal Seguros S.A., también fue incluida en la condena.
Ambas partes presentaron apelaciones cuestionando tanto la responsabilidad como la cuantía de los daños. Los demandados argumentaron que los problemas eran atribuibles al estado previo de abandono de la propiedad afectada, mientras que el actor solicitó un ajuste por inflación y la aplicación de intereses más altos.
Confirmación de responsabilidad
La Cámara destacó la relevancia del dictamen del perito ingeniero, que concluyó que los daños fueron causados durante la demolición y la posterior construcción. El informe técnico fue considerado sólido y respaldado por pruebas empíricas, dejando sin sustento las objeciones de los demandados.
Reducción del monto de condena
Uno de los puntos principales de la decisión de la Cámara fue corregir un error aritmético en la sentencia inicial, reduciendo la indemnización global a $17.540.000 en lugar de los $20.270.000 originales.
Modificación de intereses
Asimismo, se modificó el cálculo de intereses. La Cámara dispuso que estos se calculen al 6% anual desde la fecha de la constatación notarial hasta la sentencia de primera instancia y, a partir de allí, a la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Daños morales y psicológicos
La indemnización por daños morales fue confirmada bajo el criterio de “daño in re ipsa”, que presume el padecimiento ante actos antijurídicos. Además, se mantuvo el resarcimiento por daños psicológicos, basado en el informe de la perito psicóloga.
Rechazo a planteos por temeridad
El tribunal rechazó las solicitudes de sanciones por temeridad y malicia contra el demandante, considerando que no hubo abuso del derecho a litigar, pese a que el beneficio de litigar sin gastos fue denegado en una etapa previa.
Convivencia y normas de responsabilidad
La sentencia resaltó las normas de convivencia y la obligación de los propietarios de inmuebles de evitar daños a las propiedades vecinas. Los demandados fueron considerados responsables en base a los principios de responsabilidad objetiva y negligencia.
Conclusión
Este fallo subraya la importancia de cumplir con las normativas técnicas y legales durante procesos de demolición y construcción, así como el peso de la evidencia pericial en la resolución de conflictos judiciales. La Cámara confirmó la justicia de la sentencia inicial con ajustes clave en el monto de condena y cálculo de intereses.
Partes: Beltrandi Jorge Sebastián c/ Fideicomiso Vergara 1625-Bandfield y otros s/ Daños y perjuicios del/cuas.