Accidentes No Viales
Caerse en una vereda rota, lesionarse en un shopping, sufrir un accidente en el edificio donde uno vive — ninguna de estas situaciones es un caso menor cuando hay un daño. La ley reconoce el derecho a la reparación integral.
Los accidentes no viales comprenden todos aquellos hechos dañosos que no derivan de un accidente de tránsito pero generan lesiones físicas, daños materiales o perjuicios económicos y morales reclamables. Caídas en veredas, accidentes en espacios públicos, lesiones en shoppings, consorcios, clubes o gimnasios — todos pueden dar lugar a una indemnización cuando se identifica correctamente al responsable y se cuantifica el daño con rigor técnico. En CPS Abogados conducimos estos reclamos con la sensibilidad que merece la víctima y la solvencia técnica que el proceso exige.
Qué es y qué se puede reclamar
En muchos accidentes no viales rige la responsabilidad objetiva — y eso simplifica decisivamente la prueba a favor de la víctima
Quién responde por el daño
En la mayoría de los accidentes no viales rige la responsabilidad objetiva: no hace falta probar culpa del responsable, sino la existencia del daño, la relación con la cosa o actividad riesgosa y la intervención del obligado legal:
- Propietarios y guardianes — del inmueble, del bien o del espacio donde ocurrió el hecho.
- Administradores de consorcios — por falta de mantenimiento en partes comunes.
- Comercios y shoppings — por hechos ocurridos en espacios de acceso al público.
- Organizadores de eventos — por accidentes en espectáculos, ferias o reuniones.
- Estado o municipios — cuando el hecho ocurre en la vía pública por falta de mantenimiento o señalización.
Qué puede reclamar la víctima
La reparación integral es el principio rector del Código Civil y Comercial. La indemnización debe cubrir todos los aspectos del daño efectivamente sufrido:
- Gastos médicos, farmacológicos y de rehabilitación — presentes y futuros.
- Incapacidad física o psicológica — transitoria o permanente.
- Daño moral — por el sufrimiento, la angustia y la afectación de la vida cotidiana.
- Daño psicológico — cuando se acredita con pericia profesional.
- Lucro cesante y pérdida de chance — ingresos no percibidos y oportunidades frustradas.
- Daños materiales — ropa rota, dispositivos dañados, prótesis y otros perjuicios concretos.
Tipos de accidentes que atendemos
Cada hecho dañoso tiene sus propios responsables, prueba específica y vías de reclamo — identificar correctamente al obligado es clave para el éxito del caso
Caídas en veredas y espacios públicos
Veredas en mal estado, baldosas flojas, pozos sin señalizar, obras inconclusas. La responsabilidad puede recaer en el frentista, el municipio o la empresa que ejecutó la obra. Es uno de los reclamos más frecuentes y la prueba se construye con fotos del lugar, testigos y atención médica inmediata.
Caídas en veredasAccidentes en shoppings y comercios
Caídas por pisos mojados sin señalización, escaleras mecánicas con fallas, mercaderías que caen de góndolas, lesiones en estacionamientos. La responsabilidad del comerciante es de carácter objetivo por el riesgo creado en el espacio de acceso al público.
Locales comercialesAccidentes en consorcios y edificios
Caídas en escaleras comunes, ascensores con fallas, palieres mal iluminados, accidentes en SUM, pileta o gimnasio del edificio. El consorcio responde por el mantenimiento de partes comunes y por la cobertura del seguro. La administración es la primera interlocutora del reclamo.
Propiedad horizontalAccidentes en clubes, gimnasios y eventos
Lesiones por equipamiento en mal estado, falta de personal capacitado, vestuarios mojados, accidentes en piletas, canchas o pistas. Los espacios recreativos tienen deber de seguridad reforzado por la actividad que ofrecen y por la confianza del usuario.
Espacios recreativosDaños por cosas o actividades riesgosas
Objetos que caen de altura, instalaciones eléctricas defectuosas, materiales en obra, animales sueltos. El Código Civil y Comercial atribuye responsabilidad objetiva por el riesgo creado, independientemente de la culpa del dueño o guardián.
Cosa riesgosaAccidentes domésticos por terceros
Hechos ocurridos en el hogar pero causados por terceros: instaladores, electricistas, plomeros, empresas de servicios, técnicos de empresas proveedoras. Cuando el daño deriva de un trabajo mal ejecutado o de la actividad de un tercero, hay vía de reclamo.
Responsabilidad de tercerosCómo trabajamos un caso
Un proceso ordenado que prioriza la prueba temprana y la solución eficiente — extrajudicial cuando es viable, judicial cuando es necesario
Evaluación del caso
Análisis de responsabilidad, prueba disponible y viabilidad del reclamo.
Recolección de prueba
Documentación médica, testimonios, informes técnicos y registros del hecho.
Reclamo extrajudicial
Gestión ante el responsable o su aseguradora para procurar acuerdo.
Acción judicial
Demanda por daños y perjuicios cuando no hay acuerdo satisfactorio.
¿Sufriste un accidente no vial?
La consulta inicial permite evaluar la responsabilidad, identificar al obligado a responder y definir una estrategia de reclamo. Cuanto antes se actúe, mejor se preserva la prueba y más sólido se vuelve el caso.
Preguntas frecuentes
Después de un accidente, los plazos para preservar la prueba se acortan rápido. Una consulta temprana puede ser la diferencia entre un reclamo sólido y uno que se diluye.
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